MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

 

 

 

 

 

 

AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS

 

 

 

 

 

 

MEMORIA

 

 

 

 

 

Bogotá, D.C., Septiembre 8 de 2006

 

 

 

Dirección Nacional de Derecho de Autor-DNDA

Unidad Administrativa Especial

Ministerio del Interior y de Justicia

 

Sabas Pretelt  de la Vega

Ministro del Interior y de Justicia

 

Luis Hernando Angarita Figueredo

Viceministro del Interior

 

Ximena Peñafort Garcés

Viceministra de Justicia

 

Fernando Zapata López 

Director General de la DNDA

 

José Oscar Prieto Vanegas 

Jefe División Administrativa DNDA

 

David Alvarez Amézquita

Jefe Oficina de Registro DNDA

 

Carlos A. Rojas Carvajal

Jefe División Legal DNDA

 

Alba Camila Rubio Peña

Jefe División Capacitación, Investigación y Desarrollo DNDA

 

Gonzalo Carrillo Moreno

Coordinador de Planeación DNDA

 

Blanca Consuelo Espinosa Rivera

Coordinadora Unidad de Información DNDA

 

Jorge E. Baquero Rodríguez

Coordinador de Control Interno DNDA

 

Gonzalo Muñoz Ortega

Coordinador Unidad de Sistemas DNDA

 

 

© 2006. Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor

              Ministerio del Interior y de Justicia

 

ISBN:    958 – 97501 –2 - 5

 

 

 

 

 

INDICE

 

 

Presentación

 

I.                   Plan estratégico institucional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor 2006-2010

 

II.                El registro nacional de derecho de autor

 

III.             La gestión colectiva

 

IV.            La capacitación y difusión del derecho de autor y los derechos conexos

 

V.               El derecho de autor en el TLC

 

VI.            Observancia del derecho de autor y los derechos conexos

 

VII.         La  información y documentación del derecho de autor

 

VIII.      Gestión en el ámbito presupuestal, financiero y administrativo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PRESENTACION

 

 

La Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, con el fin de dar cumplimiento al mandato constitucional de participación ciudadana, y a los preceptos establecidos en el Artículo  32 de la Ley 489 de 1998, ha decidido realizar su segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.

 

En esta ocasión, el objetivo fundamental de la Audiencia Pública de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, está dirigido a presentar un balance de su gestión institucional y a rendir un informe consolidado de los resultados de las políticas sobre derecho de autor y derechos conexos del período de gobierno del Presidente Alvaro Uribe Vélez, 2002-2006.

 

En tal virtud, en la presente memoria la Dirección Nacional de Derecho de Autor, ofrecerá un resumen sobre los logros generales de su gestión, particularmente en lo que concierne al desempeño misional de la entidad y, en especial, sobre el resultado de los planes y proyectos relacionados con la protección de los derechos de los autores y titulares de las obras literarias y artísticas, artistas intérpretes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión, así como las acciones que han contribuido a fomentar, dentro de la población colombiana, una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos; aspecto que fue incluido en el “Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006: Hacia un Estado Comunitario”.

 

En la parte final de la memoria, se realizará un análisis de los aspectos más importantes de la gestión de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en el ámbito presupuestal, financiero y administrativo.

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

I.                 PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR 2006-2010

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   VISION, MISION Y FUNCIONES DE LA DNDA.

 

 

El Decreto 2041 de 1991, mediante el cual se le otorga a la Dirección Nacional de Derecho de Autor la condición de Unidad Administrativa Especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, le atribuye a la entidad la dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos.

 

El citado Decreto 2041 de 1991, le asigna a la Dirección Nacional de Derecho de Autor los siguientes cometidos institucionales:

 

1.     Diseñar, administrar y ejecutar las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos;

 

2.     Administrar el registro nacional de las obras literarias y artísticas, y de los actos o contratos vinculados con el derecho de autor y los derechos conexos;

 

3.     Ejercer la facultad de inspección y vigilancia sobre las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos;

 

4.     Recomendar la adhesión y procurar la ratificación y aplicación a los tratados internacionales sobre derecho de autor y derechos conexos;

 

5.     Dictar las providencias necesarias con el objeto de cumplir los acuerdos internacionales sobre derecho de autor y derechos conexos;

 

6.     Capacitar y difundir el conocimiento del derecho de autor y los derechos conexos.

 

 

Visión:

Posicionarse como una entidad dinámica y reconocida que contribuya en forma permanente a la plena vigencia del respeto al Derecho de Autor y los Derechos Conexos en Colombia.

 

 

Misión:

Fortalecer la debida y adecuada protección de los titulares de Derecho de Autor y de los Derechos Conexos contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto a estos derechos.

 

Inculcamos la noción del derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen  a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, y responde a los retos impuestos por los avances tecnológicos.

 

Convertimos el conocimiento en oportunidad formando a los funcionarios de la entidad para que sean promotores y difusores del respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.

 

Para ello constituimos alianzas estratégicas, a nivel nacional e internacional, con los sectores público y privado para hacer realidad una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.

 

 

B.   RECONOCIMIENTOS A LA DIRECCION NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

 

 

A la gestión: Durante el período presidencial 2002-2006, la Contraloría General de la República en el último ejercicio de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral, ha valorado favorablemente la gestión de la entidad y emitió opinión limpia sobre los estados contables, pues la información sobre los estados financieros carecen de salvedades.

 

A la transparencia: Dentro del proceso de valoración del “Indice de Integridad” que realizó la organización “Transparencia por Colombia”, para período 2002-2003, la DNDA ocupó el tercer lugar dentro de las entidades con menor riesgo de corrupción en su gestión institucional.

 

Ambiente Institucional: En la Encuesta de Desarrollo Institucional (EDI), realizada por el DANE en el año 2004, las calificaciones obtenidas por la DNDA en todos los tópicos evaluados son superiores tanto al promedio del sector del interior y de justicia, como al promedio nacional.

 

Oficina Piloto para América Latina: La DNDA ha sido elegida por la OMPI para la realización de prácticas y seminarios dirigidos al personal de las oficinas gubernamentales de derecho de autor de América Latina.

 

 

C.   PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL DE LA DNDA PARA EL CUATRIENIO 2006-2010.

 

 

La Dirección Nacional de Derecho de Autor, es una institución cuyo origen se remonta al 9 de septiembre de 1886, fecha en la cual se ordenó la apertura oficial del Registro Nacional de Derecho de Autor. A partir del año 1991, la Dirección Nacional de Derecho de Autor fue elevada a la categoría de Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, y en tal calidad viene cumpliendo la labor institucional asignada dentro de la estructura del Estado Colombiano.

 

Dentro de este contexto, se ha identificado como fin primordial de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, la protección de los derechos de los autores y titulares de las obras literarias y artísticas, contribuyendo a la creación de una cultura de respeto por dichos derechos y fomentando un ambiente propicio para la creación y difusión de nuevas obras como expresión del aporte del derecho de autor al desarrollo económico, artístico y cultural del país.

 

El análisis de los cuadros de “fortalezas-debilidades” y “oportunidades-amenazas”, permitió visualizar el panorama que resume la situación actual de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, a saber:

 

§        Durante el período 2002-2006, mediante la ejecución de las directrices del Plan Nacional de Desarrollo: Hacia un Estado Comunitario, se fortaleció la posición institucional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, permitiéndole al Estado Colombiano comenzar a construir un modelo sólido y coherente para el manejo de los asuntos del derecho de autor y los derechos conexos, con el fin de atender con solvencia los procesos de negociación comercial del país en el ámbito bilateral y multilateral, así como los programas de cooperación nacional e internacional en los cuales interviene la Dirección Nacional de Derecho de Autor en nombre y representación del país.

 

§        Dentro de este contexto, y con el ánimo de fortalecer la acción de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el Gobierno Nacional autorizó a la entidad a realizar el cambio de sede en junio del año 2005, del Edificio Bochica al piso 17 del Centro Internacional de Comercio, ubicado en la Calle 28 No. 13 A-15 de la ciudad de Bogotá. Este cambio de sede le ha permitido a la entidad fortalecer sus programas de capacitación en materia de derecho de autor y derechos conexos, la adecuación del Centro de Documentación, la ampliación y adecuación de la sala de capacitación “Ulrich Uchtenhagen” y, lo que es más importante, la prestación de un mejor servicio a todos los autores y creadores de nuestro país, así como a las industrias culturales y sus respectivos gremios.

 

§        Las autoridades de hacienda no han sido particularmente sensibles a las necesidades presupuestales de la entidad, por lo cual muchos proyectos no han podido realizarse de manera eficiente o con el alcance requerido; situación que ha obligado a la Dirección Nacional de Derecho de Autor a redoblar sus esfuerzos en la consecución de recursos económicos de cooperación.

 

§        No obstante lo anterior, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha alcanzado con creces los objetivos institucionales fijados para ella en la ley, tal como lo demuestran lo logros institucionales reseñados en la presente memoria.

 

Conclusión estratégica básica:

Corresponde al Estado Colombiano seguir fortaleciendo la entidad para que ésta cumpla eficientemente su llamado institucional; asunto que incluye la construcción de un clima de estabilidad institucional que permita recobrar y potencializar sus fortalezas, para poder asumir los retos que, durante los próximos cuatro años, le plantean al país el manejo de los asuntos de la propiedad intelectual, particularmente dentro de un entorno de globalización económica que tiene como elemento estratégico la suscripción de Tratados de Libre Comercio.

 

 

Objetivos y Acciones del Plan Indicativo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor para el período 2006-2010.

Con la identificación de objetivos se establecen los puntos de referencia hacia los cuales la entidad debe enfocar sus esfuerzos, en aras de alcanzar un estado ideal de desarrollo institucional. Por ello, cada objetivo debe tener una serie de acciones que cumplan con el postulado básico del desarrollo estratégico; es decir, acciones que le permitan a la entidad combatir adecuadamente las amenazas identificadas, reducir o anular sus debilidades y aprovechar efectivamente sus oportunidades.

 

Las acciones involucran la implementación de proyectos, planes, programas o iniciativas, que constituyen las herramientas o el vehículo mediante el cual se cumple, o se le da contenido, a un determinado objetivo.

 

Por lo anteriormente expuesto, la Dirección Nacional de Derecho de Autor, durante el cuatrienio 2006-2010, enfocará su esfuerzo institucional hacia la consecución de los siguientes objetivos:

 

 

OBJETIVO No. 1: "Ejecutar las acciones, estrategias y actividades acordadas en la Agenda Interna del Tratado de Libre Comercio firmado con los Estados Unidos, en el ámbito del derecho de autor y los derechos conexos".

 

Acciones del objetivo:

 

a)        Crear y establecer los ámbitos operativos y de coordinación institucional para el desarrollo e implementación de los compromisos establecidos en la Agenda Interna del TLC, en materia de derecho de autor y derechos conexos.

 

b)       Diseñar y ejecutar un programa de sensibilización, difusión y conocimiento sobre los aspectos fundamentales del derecho de autor y los derechos conexos consignados en el TLC, así como sus ventajas y posibilidades de aprovechamiento práctico.

 

c)        Liderar y coordinar el proceso de reacomodamiento legislativo e institucional que demande los acuerdos establecidos en el TLC en lo que concierne al derecho de autor y los derechos conexos, de conformidad con los parámetros establecidos en la Agenda Interna.

 

 

OBJETIVO No. 2: "Mantener los planes y programas de capacitación y difusión sobre el derecho de autor, los derechos conexos y las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información, aumentando su cobertura y fortaleciendo su radio de acción dentro de los ámbitos académicos, particularmente dentro de la enseñanza primaria y secundaria".

 

Acciones del objetivo:

 

a)     Continuar y fortalecer el programa de capacitación y retroalimentación de conocimientos al interior de la entidad, teniendo como población objetivo el recurso humano que atiende el área misional de la Dirección.

 

b)    Diseñar estrategias y elaborar material didáctico para los programas de capacitación y difusión del derecho de autor y los derechos conexos, dirigidos a los niños en edad escolar.

 

c)     Diseñar e implementar estrategias de cooperación que permitan la preparación y edición de materiales impresos, guías y presentaciones de ayuda audiovisual, destinadas a los programas de formación y difusión del derecho de autor y derechos conexos.

 

d)    Diseñar un plan de acción para la ampliación de la cobertura de la promoción y difusión del derecho de autor y los derechos conexos, que incluya las directrices establecidas en la Agenda Interna del TLC.

 

e)     Aumentar los acercamientos con organismos de cooperación, tanto nacionales como extranjeros, para la consecución de recursos económicos destinados a la financiación de proyectos de capacitación, difusión y conocimiento del derecho de autor y los derechos conexos.

 

 

 

OBJETIVO No. 3: "Fortalecer los programas de investigación sobre el derecho de autor, los derechos conexos, especialmente los que conciernen a su importancia económica, y a los temas y ámbitos de los acuerdos de libre comercio o de integración económica".

 

Acciones del objetivo:

 

a)     Fortalecer los programas de cooperación con las instituciones académicas y de investigación científica, para que incluyan dentro de sus ámbitos de investigación los temas del derecho de autor y los derechos conexos.

 

b)    Buscar el apoyo financiero y logístico de organismos nacionales e internacionales para la realización de estudios científicos sobre el derecho de autor, los derechos conexos y las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

 

c)     Dentro de los planes de acción anuales de la DNDA, y bajo la coordinación de la División de Capacitación, Investigación y Desarrollo, presentar y ejecutar estudios de investigación sobre los temas del derecho de autor y los derechos conexos.

 

 

OBJETIVO No. 4: "Modernizar los sistemas de comunicación e información sobre el derecho de autor, especialmente en lo que respecta al  sistema del Registro Nacional de Derecho de Autor, de tal forma que ofrezca servicios en línea con los respectivos patrones de seguridad.

 

Acciones del objetivo:

 

a)      Terminar el proceso de modernización de la plataforma tecnológica del Registro Nacional de Derecho de Autor, realizando los respectivos ajustes para ofrecer eficientemente el servicio de registro en línea de obras, actos y contratos.

 

b)     Realizar las gestiones frente al Ministerio de Hacienda para tramitar la asignación de los recursos económicos que aseguren la conectividad y las actualizaciones tecnológicas del proyecto de Registro en Línea.

c)     Realizar las gestiones frente a la Comisión Intersectorial de Políticas y Gestión de la Información para la Administración Pública (COINFO), para la aprobación y asignación de presupuesto al proyecto de sistematización y actualización tecnológica de la DNDA.

 

 

OBJETIVO No. 5: “Mejorar los mecanismos y alternativas que aseguren la gestión transparente del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo al ejercicio pacífico de los mismos.”

 

Acciones del objetivo:

 

a)     Evaluar las necesidades de gestión colectiva en los diferentes sectores de la creación, realizando las acciones del caso, tendientes a impulsar la creación de nuevas sociedades de gestión colectiva, de acuerdo a las directrices establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, con el fin de darle continuidad a esta política, como parte del propósito nacional.

 

b)    Modernizar y simplificar los mecanismos para el ejercicio de la facultad de inspección y vigilancia sobre las sociedades de derecho de autor y derechos conexos, consolidando un sistema de información sobre el desarrollo de las sociedades de gestión colectiva.

 

 

OBJETIVO No. 6: “Emprender un proceso de mejoramiento administrativo que asegure la gestión transparente, eficiente, eficaz y económica de la DNDA, mediante la implementación del Sistema de Gestión de Calidad en los términos de la Ley 872 de 2003, y del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, en los términos del Decreto 1599 de 2005.”

 

Acciones del objetivo:

 

a)      Implementar la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004.

 

b)     Implementar el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005.

c)     Dar aplicación a la Ley 962 de 2005 sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos.

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

II.             EL REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   LA IMPORTANCIA DEL REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR – CONMEMORACIÓN 120 AÑOS

 

El registro nacional de derecho de autor

 

El Registro Nacional de Derecho de Autor es un servicio que presta el Estado a través de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, entidad adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, cuya finalidad es brindarle a los titulares de derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos, así como a los actos y contratos vinculados con dichos derechos y, además, dar garantía de autenticidad y seguridad a los títulos de derecho de autor y de derechos conexos y a los actos y documentos que a ellos se refieran.

 

Antecedentes del registro de derecho de autor

 

El 10 de mayo de 1834 fue dictada por el Congreso de la Nueva Granada una ley (sin número como era de usanza en aquel tiempo) por la cual se protegía “la propiedad de las producciones literarias y algunas otras”, esta ley, que fue sancionada por el General Francisco de Paula Santander en su calidad de Presidente de la nueva República, señalaba que el Estado protegería la propiedad intelectual (hoy el derecho de autor), y que sus autores tendrían derecho exclusivo para imprimirlas, grabarlas, litografiarlas y reproducirlas “de cualquier otra manera semejante a las expresadas que se haya usado o se usare en adelante para multiplicar los ejemplares, con tal que esto se haga en la Nueva Granada”.

 

A la luz de la referida ley, el autor o el legítimo poseedor de los derechos de una obra, para poder gozar de protección sobre la misma, debía antes de reproducirla y difundirla, dirigirse al gobernador de la provincia presentándole el título de la obra o composición para su registro, con el objeto que le fuera expedida la respectiva patente de propiedad.

 

Posteriormente, la Constitución de 1858 se refiere por primera vez en Colombia a la propiedad literaria, cuando en su artículo 43 numeral 14, le dio atribuciones al Presidente de la Confederación para conceder patentes que garantizaran la propiedad de las producciones literarias, recogiendo de la ley del 10 de mayo de 1834 el principio del registro constitutivo[1].

 

Siguiendo estos antecedentes legales y constitucionales, el Código Civil que hoy nos rige, estatuyó en su artículo 671 que “las producciones del talento o del ingenio son una propiedad de sus autores. Esta especie de propiedad se regirá por leyes especiales”. Posteriormente, la Constitución de 1886 antecesora de la de 1991, consagró en su artículo 35 la siguiente norma: “Será protegida la propiedad literaria y artística, como propiedad transferible, por el tiempo de vida del autor y ochenta años más, mediante las formalidades que prescriba la ley”.

 

En vigencia de la Constitución de 1886, se dictaron en su orden tres estatutos legales para la protección del derecho de autor: la Ley 32 de 1886, que en el capítulo tercero se refiere a la inscripción o registro de la propiedad literaria y demás formalidades necesarias para su constitución y protección legal, punto de partida de esta institución pública que cumple este año 120 años de servicio. Posteriormente la Ley 86 de 1946 que estableció en su artículo 88 que la obra no registrada dentro de los cuatro meses contados a partir del día en que se terminó la impresión o que fue publicada, quedaba privada de la protección de esta ley hasta que se verificara su inscripción.

 

Finalmente, la Ley 23 de 1982 indicó en su artículo 193 que la finalidad del registro de las obras y actos sujetos a él es con el fin de: A) Dar publicidad al derecho de los titulares y a los actos y contratos que transfieran o cambien ese dominio amparado por la ley y, B) Dar garantía de autenticidad y seguridad a los títulos de propiedad intelectual y a los actos y documentos que a ellas se refieren.

 

La Ley 44 de 1993 modificó parcialmente la Ley 23 de 1982, en lo que al Registro Nacional de Derecho de Autor se refiere, para lo cual señala en su artículo 4 que el registro de las obras y actos sujetos a las formalidades establecidas en la ley tiene por objeto: a) Dar publicidad al derecho de los titulares y a los actos y contratos que transfieran o cambien ese dominio amparado por la ley, y b) Dar garantía de autenticidad y seguridad a los títulos de derechos de autor y derechos conexos y a los actos y documentos que a ellos se refiere.

 

En este contexto, la Decisión Andina 351 de 1993, la cual se aplica de manera directa y preferente sobre nuestro ordenamiento legal interno en la materia, dispone en su artículo 53 que “El registro es declarativo y no constitutivo de derechos, y sin perjuicio de ello, la inscripción en el registro presume ciertos los hechos y actos que en ella consten, salvo prueba en contrario, y que toda inscripción deja a salvo los derechos de terceros”.

 

En este orden de ideas, en Colombia a partir de la Ley 23 de 1982 y posteriormente con la expedición de la Decisión Andina 351, el Registro Nacional de Derecho de Autor tiene por finalidad de brindar un medio de prueba y de publicidad a los titulares de derechos de autor y derechos conexos. El término “medio de prueba”, debe entenderse, como el instrumento que suministra un conocimiento sobre un hecho y el término “publicidad”, hace referencia al carácter público, como el acceso y consulta de los registros oficiales y la forma en la cual se divulga alguna inscripción. Razón por la cual, las inscripciones realizadas en el Registro Nacional de Derecho de Autor son de carácter público y, en consecuencia, pueden ser consultadas en virtud del derecho de petición.

 

Todo acto en virtud del cual se transfiera el derecho de autor o los derechos conexos, así como cualquier otro acto o contrato vinculado con estos derechos, deberá ser inscrito en el Registro Nacional de Derecho de Autor, como condición de publicidad y oponibilidad ante terceros(artículo 6 Ley 44 de 1993).

 

De esta manera, vemos como la función del Registro Nacional de Derecho de Autor ha evolucionado con el tiempo, adecuándose a la naturaleza misma del derecho de autor, y a las condiciones en que éste protege a los autores y sus obras.

 

 

 

 

 

 

 

 

B.   EVOLUCIÓN DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DEL REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

 

 

Primera Fase Proyecto Base de datos de Radicación y Registro de obras - ULRICH.

 

Desde el año 2002 se inicio el programa de cooperación con la OMPI, mediante el cual se modernizó la plataforma tecnológica para el manejo de la base de datos Ulrich del Registro Nacional de Derecho de Autor, desarrollada por la firma Desktop System, que permite darle contenido al objetivo de incrementar el registro de obras literarias y artísticas, prestaciones y actos y contratos, y así ofrecer un servicio más eficiente y seguro a los usuarios del Registro Nacional de Derecho de Autor.

Dicho proyecto tuvo un costo total de US$ 25.000, los cuales fueron sufragados en su totalidad por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - OMPI. Adicionalmente, la OMPI donó a la entidad US$ 9.610 en equipos de hardware y software, para llevar a cabo la implementación del nuevo sistema del Registro Nacional de Derecho de Autor.

 

Segunda Fase Proyecto Base de datos de Radicación y Registro de obras – ULRICH.

 

Dando continuidad a la primera fase, en el año 2004 la OMPI adicionó US$ 8.500, para el desarrollo de la segunda fase del proyecto, que incluyó, entre otros, el desarrollo del sistema para la ejecución de actividades relacionadas con la generación de reportes estadísticos y de control de productividad; la producción de documentos oficiales asociados a los eventos de trámite de un expediente y construcción de un módulo de consulta de información de expedientes y registros de obras, prestaciones y contratos contenidas en la base de datos, y un módulo de consulta para la web, proyecto que finalizó en el 2005.

 

Finalizado el proyecto, la OMPI implementó este sistema de registro de obras, prestaciones y de actos y contratos en otras oficinas de Derecho de Autor en el entorno latinoamericano como la de Paraguay, la de República Dominicana, y la recién creada en Chile, entre otras.

 

 

Proyecto Registro en Línea – Agenda de Conectividad.

 

De acuerdo con lo previsto en el Documento Compes 3072 de 9 de febrero de 2000, el Gobierno Nacional tiene como objetivo a través del Programa “Agenda de Conectividad”, impulsar el uso adecuado y masificación de las Tecnologías de Información y Comunicación -TIC- en el país, con el propósito de aumentar la competitividad del sector productivo, modernizar la Administración Pública y socializar el acceso a la información.

 

En cumplimiento a las directrices de política consignadas en el Plan Nacional de Desarrollo y la Agenda de Conectividad del Programa Gobierno en Línea, la entidad ha venido trabajando en el desarrollo e implementación del proceso de automatización del Registro Nacional de Derecho de Autor, con el fin de ofrecer en línea a todos los autores y creadores de obras, artistas y productores fonográficos, sectores, gremios y ciudadanía en general, el trámite de inscripción y consulta de obras, prestaciones, actos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos. 

 

Con los recursos económicos aportados de $64.251.000 pesos, se seleccionó a la firma NETCO Ltda., quien elaboró el aplicativo que permitirá a los usuarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor realizar la inscripción en línea de sus obras, prestaciones, actos y contratos, así como la correspondiente consulta de su trámite.

 

El sistema de registro en línea en Colombia es el primero en América Latina y el segundo en el mundo. Se dio al servicio el 26 de abril de 2006. En la actualidad se han podido efectuar 76 registros de las 232 solicitudes recibidas en línea.

 

Proyecto Digitación – Agencia de Cooperación de la Embajada de los Estados Unidos USAID.

 

Dentro de proyecto de cooperación en materia de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual, la Agencia de Cooperación USAID de la Embajada de los Estados Unidos en Colombia, apoya a la Dirección Nacional de Derecho de Autor con $40.000.000 de pesos, para el acceso en línea del servicio de registro de obras, prestaciones y actos y contratos, así como para la consulta de información sobre los titulares amparados por el derecho de autor y los derechos conexos. De tal manera, se actualizará y complementará toda la información física en la base de datos Ulrich de todos los registros (197.758) de obras, prestaciones y de actos y contratos en un término de seis meses contados a partir del 6 de marzo de 2006.

C.   COMPORTAMIENTO DEL REGISTRO DURANTE EL PERIODO 2002-2006

 

 

Comportamiento del registro por años 2002-2006

 

 

 

 

 

 

 

Comportamiento del registro por categoría 2002-2006

 

 

 

 

 

 

Comparativo anual del registro 2002-2006

 

 

 

 

Cumplimiento Meta (60.000 registros) para el periodo 2002-2006

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

III.         LA GESTION COLECTIVA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   LA RELACION DEL ESTADO CON LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA

 

 

Inspección y vigilancia sobre las sociedades de gestión colectiva.

 

La legislación autoral regula una serie de derechos concedidos en favor de los creadores y titulares de obras literarias y artísticas. Sin embargo, no basta la iniciativa Estatal de expedir una completa legislación en donde se reconozca una serie de prerrogativas sustantivas, éstas deben ir acompañadas de mecanismos jurídicos eficientes para garantizar el ejercicio práctico de los derechos otorgados.

 

En aquellos países donde el Estado se ha limitado a legislar, no existe correspondencia entre la abundancia normativa y la efectiva y eficaz protección de los autores. Es por esto, que mediante las funciones de inspección y vigilancia el Estado garantiza a los titulares de derechos vinculados a una sociedad  que la gestión de sus derechos se realiza bajo claros principios de participación democrática, de suerte que todos los asociados tengan una acción en la sociedad conforme a la utilización de sus obras y producciones, y que todos los actos de las sociedades estarán caracterizados por la transparencia de los mismos.”[2]

 

Las Sociedades de Gestión Colectiva son entidades de carácter privado sin ánimo de lucro, amparándose en el mandato constitucional del artículo 38 de la Carta Política, según el cual “se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo  de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad”.

 

Debido a sus particulares características, no son clasificadas en las formas asociativas tradicionales (fundaciones y corporaciones) aun cuando esencialmente carecen de ánimo de lucro, poseen un contenido patrimonial; pues en virtud de los derechos que administran se convierten en mandatarias de sus asociados, frente a quienes la sociedad deberá responder, en términos económicos, de manera eficiente.

 

La imposibilidad de conferirles a las sociedades de gestión colectiva, el tratamiento aplicable a una fundación o corporación, generó un sistema normativo especial. De esta manera, a través de la Ley 44 de 1993, la Decisión Andina 351 del mismo año y del Decreto 162 de 1996, se regulan los parámetros legales para la creación y funcionamiento de las denominadas sociedades de gestión colectiva.

 

La función de inspección y vigilancia ejercida por la autoridad competente no se limita a regular la relación entre la sociedad de gestión colectiva con los administrados, apunta simultáneamente a la protección del interés público, al facilitar a los usuarios de obras y prestaciones la utilización de las mismas.

 

Mecanismos a través de los cuales ejerce estas funciones de inspección y vigilancia:

 

Controles generales

·        Reconocimiento de personería jurídica

·        Autorización de funcionamiento

·        Inscripción de dignatarios

·        Registro y aprobación de Estatutos

 

Controles especializados

·        Conocimiento y trámite de las demandas de impugnación contra los actos de elección realizados por la asamblea general y las asambleas seccionales, y de los actos de administración del consejo directivo de las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y de derechos conexos;

·        Registro de los contratos generales con usuarios,

·        Informes periódicos de gestión;

·        Investigaciones

·        Publicación del balance anual en periódicos de circulación nacional;

·        Control de legalidad sobre reformas estatutarias

 

De esta manera, siempre que un grupo de autores o titulares de derecho pretenda gestionar sus prerrogativas a través de la figura de la sociedad de gestión colectiva, deberá agotar dos etapas, a saber: el reconocimiento de personería y la autorización de funcionamiento.

 

Estos dos actos administrativos, si bien son proferidos por la misma autoridad, la Dirección Nacional de Derecho de Autor, constituyen manifestaciones diferentes de la voluntad del Estado. Por un lado, el acto que otorga el reconocimiento de personería jurídica esta destinado a dar nacimiento a la sociedad como ente jurídico distinto de los socios individualmente considerados. Mientras la autorización de funcionamiento es un acto administrativo que habilita a la sociedad para desarrollar su actividad dentro del marco legal establecido.

 

Las principales sociedades de gestión colectiva en Colombia son:

 

·        La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia, SAYCO, con personería jurídica reconocida a través de la Resolución número 001 del 17 de noviembre de 1982, y autorización de funcionamiento otorgada  por la Resolución número 070 del 5 de junio de 1997.

 

·        La Asociación Colombiana de Intérpretes y Productores Fonográficos, ACINPRO, con personería jurídica reconocida a través de la Resolución número 002 del 24 de diciembre de 1982, y autorización de funcionamiento otorgada por la Resolución número 125 del 5 de agosto de 1997.

 

·        El Centro Colombiano de Derechos Reprográficos, CEDER, con personería jurídica reconocida a través de la Resolución 088 del 14 de julio del año 2001, y autorización de funcionamiento otorgada por la Resolución 035 del 18 de febrero del 2002.

 

·        Merece un reconocimiento especial el esfuerzo de los titulares de obras audiovisuales, quienes a través de la Entidad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales de Colombia, EGEDA, han obtenido personería jurídica como sociedad de gestión colectiva en el año 2005, tal como consta en la Resolución 232 del 28 de noviembre de 2005, faltando el otorgamiento de la autorización de funcionamiento, la cual habilitará a esta sociedad para efectuar el recaudo de los derechos económicos de sus asociados.

 

En la actualidad sólo SAYCO, ACINPRO y CEDER, cuentan con autorización para recaudar y distribuir el dinero que pueda generar la explotación económica de las obras o prestaciones objeto de su gestión.

Modernización de las sociedades de gestión colectiva en relación con la gestión digital

 

Las sociedades de gestión colectiva se identifican como una institución necesaria para la administración eficiente de obras y prestaciones. En tal virtud es preciso destacar que, desde el año 2005, ha surgido como preocupación la necesidad de ampliar su campo de acción al ámbito digital incluido por supuesto el Internet. De esta manera han modernizado sus sistemas de recaudo adaptándolo a las nuevas formas de utilización de las obras surgidas gracias a los avances tecnológicos.

 

Actualmente las sociedades recaudan el dinero que genera el uso de su repertorio proveniente de las siguientes utilizaciones:

 

a.                 Emisoras radiales

b.                Televisión abierta

c.                 Televisión por suscripción o por abonados

d.                Ejecución pública de obras musicales en comerciales de televisión y/o cuñas de radio

e.                 Páginas Web

f.                  Exhibidores de cine

g.                 Ring tones

h.                 Holding telefónicos

i.                   Eespectáculos públicos

j.                   Reproducción digital

k.                 Reproducción reprográfica

 

Por otro lado, es importante señalar que mediante los contratos de reciprocidad, las sociedades de gestión colectiva recaudan los derechos de sociedades extranjeras y de esta manera se genera, mundialmente una interconexión de todas las sociedades de esta naturaleza, con el fin de garantizarle a los autores o titulares el recaudo no solo dentro del territorio de una determinada sociedad de gestión, sino en un ámbito global.

 

Los principales logros de las sociedades de gestión colectiva en Colombia se encuentran en las siguientes áreas:

 

a)     La modernización de las sociedades de gestión colectiva ha permitido incrementar el recaudo, extendiéndolo a los nuevos usos de las obras, en especial aquellos adelantados en ambientes digitales.

 

b)    Las sociedades de gestión colectiva de nuestro país han logrado normalizar las relaciones con las demás sociedades del mundo, permitiendo, de un lado, el recaudo de los derechos económicos de los autores colombianos por la utilización de sus obras en todo el mundo y viceversa; y de otro lado, contribuyendo al cumplimiento de los compromisos que a nivel internacional ha adquirido nuestra nación por vía de la adhesión a los más importantes tratados sobre el derecho de autor y los derechos conexos.

 

c)     Por primera vez en un Tratado de Libre Comercio, Estados Unidos incluyó el tema de la gestión colectiva. Esto sucedió en el TLC recientemente firmado entre ese país y Colombia.

 

d)    Creación de la sociedad de gestión colectiva que agremia a los titulares de obras audiovisuales.

 

e)     Desde el año 2002 al 2005, el índice de recaudo de SAYCO incrementó en un    91.8 %

 

f)      Desde el año 2002 al 2005, el índice de recaudo de ACINPRO incrementó en un 64.7%.

 

g)     Desde el año 2003 al 2005, el índice de recaudo de CEDER incrementó en un 511%.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Indice recaudo SAYCO


 

Indice recaudo ACINPRO

 


 

 

 

 

 

 

 

Indice recaudo CEDER

 


 

Comportamiento de las investigaciones 2002 - 2006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Comportamiento de las impugnaciones 2002 - 2006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


B.   DESARROLLOS LEGISLATIVOS RELACIONADOS CON TEMA DEL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.

 

                                                                                              

La Dirección Nacional de Derecho de Autor, a través de su División Legal, analiza y hace el seguimiento de los diferentes proyectos de ley presentados ante el Congreso de la República, relacionados con el tema del derecho de autor y los derechos conexos. En la actualidad la legislación colombiana cuenta con los siguientes instrumentos:

 

DESARROLLOS LEGISLATIVOS

NORMA

DESCRIPCION

Decisión Andina 351 de 1993

Estatuto de la Comunidad Andina de Naciones sobre derecho de autor y derechos conexos.

Ley 23 de 1982

Sobre derecho de autor.

Ley 44 de 1993

Por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982.

Ley 33 de 1987

Adhesión de Colombia al Convenio de Berna, para la protección de las obras literarias y artísticas.

Ley 545 de 1999

Mediante la cual Colombia adhiere al Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT-1996)

Ley 565 de 2000

Mediante la cual Colombia adhiere al Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT-1996)

Ley 599 de 2000

Disposiciones sobre derecho de autor y derechos conexos en el Código Penal Colombiano.

Ley 603 de 2000

 

Cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor en los informes de gestión de las sociedades.

Decreto 1360 de 1989

Mediante el cual se aclara que el soporte lógico (software) se encuentra protegido en los términos de la Ley 23 de 1982 y se reglamenta su inscripción en el Registro Nacional del Derecho de Autor.

Decreto 460 de 1995

Mediante el cual se reglamenta el Registro Nacional del Derecho de Autor y se regula el Depósito Legal.

Decreto 162 de 1996

Mediante el cual se reglamenta la Decisión Andina 351 de 1993.

Ley 890 de 2004

Mediante la cual se aumentaron las penas en los tipos penales en la parte especial del código penal.

Ley 1032 de 2006

Por la cual se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal.

 

 

 

 

 

DIRECTIVAS PRESIDENCIALES

 

DIRECTIVA No.

ASUNTO

 

Directiva Presidencial 01 (Febrero de 1999)

Por la cual el señor Presidente de ka República instruye a los servidores públicos en la importancia del respeto al derecho de autor y los derechos conexos, en todas las actuaciones administrativas y contractuales que lleven a cabo.

Directiva Presidencial 02 (Febrero de 2002)

Respecto al derecho de autor y los derechos conexos, en lo referente a utilización de programas de ordenador (Software)

 

 

CIRCULARES SOBRE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

Buscando complementar la legislación existente sobre algunos de los aspectos más trascendentales del derecho de autor y los derechos conexos, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha venido expidiendo circulares administrativas sobre los siguientes temas:

 

Circular No. 1 (Diciembre 15 de 2000)

Orientaciones cumplimiento Ley 603 del 2000, vinculada con el Derecho de Autor.

Circular No.2 (Febrero 7 de 2001)

Orientaciones para el cumplimiento de normas de Derecho de Autor y Derechos Conexos, en lo pertinente al pago que por concepto de comunicación pública de la música están  obligados los establecimientos abiertos al público.

Circular No.3 (Marzo 16 de 2001)

Orientaciones para el cumplimiento de las normas sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, en lo pertinente a la comunicación publica de obras musicales en espectáculos en vivo.

 

Circular No. 4 (Abril 20 de 2001)

Orientaciones para llevar a cabo la inscripción en el Registro Nacional de Derecho de Autor  de las obras literarias editadas, obtención del ISBN y el Depósito Legal.

Circular No. 5 (Octubre 19 de 2001)

Derechos de autor sobre los programas de computador, su licenciamiento y sanciones derivadas de uso no autorizado.

Circular No.6 (Abril 15 de 2002)

Derecho de autor en el ámbito universitario

Circular No. 7  (Octubre 4 de 2002)

El servidor público como titular de derecho de autor

Circular No.8 (Septiembre 15 de 2003)

El derecho de autor y las obras que reposan en los museos.

Circular No.9 (Octubre 10 de 2003)

El derecho de autor y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas-MIPYMES.

Circular No.10 (Diciembre de 2003)

Las artesanías y el derecho de autor.

Circular No. 11 (22 de febrero de 2006)

Orientaciones para el cumplimiento de normas sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, en lo pertinente a la autorización previa y expresa que deben obtener los establecimientos abiertos al público por concepto de comunicación pública de la música.

 

Circular Conjunta suscrita entre la Procuraduría General de la Nación y la Dirección Nacional de Derecho de Autor

Orientaciones para el cumplimiento de normas sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, en lo pertinente a la contratación estatal de obras y prestaciones protegidas y sus buenas prácticas.

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IV.       LA CAPACITACION Y DIFUSION DEL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   DIVISIÓN DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO 2002 – 2006

 

 

La División de Capacitación, Investigación y Desarrollo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, inició su labor en el año 2.005. Anteriormente, la labor de capacitación se dividía entre las diferentes áreas de la entidad.  Este esfuerzo, repercutirá sin duda alguna en la promoción y difusión del derecho de autor y los derechos conexos en el país.

 

A continuación, se presentan datos sobre la labor de capacitación e investigación, dentro del periodo 2.002 – 2.006.

 

Indicador de número de cursos, intensidad horaria y número de asistentes por año desde 1990 al 2006

 

AÑOS

TOTAL

INTENSIDAD

NUMERO DE

 

CURSOS

HORARIA

ASISTENTES

1990

13

58

600

1991

24

128,25

1195

1992

23

97,5

760

1993

11

56

299

1994

20

127,08

693

1995

34

205,75

1329

1996

23

124,25

955

1997

25

158,5

1346

1998

31

101,65

1594

1999

17

45,45

936

2000

52

115,45

1838

2001

58

146,55

2522

2002

67

231,5

5040

2003

75

195

3818

2004

63

207,5

3180

2005

81

228,5

4866

2006

32

112,75

4983

TOTAL

649

2339,68

35954

 

Total Asistentes Año 2.002 – 2.006: 21.887

Ciudades colombianas visitadas por año dentro del programa de capacitación y difusión del derecho de autor:

 

AÑO

CIUDADES VISITADAS

1990

Bogotá, Barranquilla, Manizales, Medellín.

1991

Bogotá, Manizales, Armenia, Cartagena,  Pasto, Barranquilla, Cali, Pereira, Bucaramanga, Valledupar, Medellín.

1992

Bogotá, Manizales, Girardot, Medellín, Tunja, Popayán, Cali, Barranquilla.

1993

Bogotá, Cali, Barranquilla, Girardot, Bucaramanga, Manizales.

1994

Bogotá, Ibagué, Medellín, Cali.

1995

Bogotá, Montería, Cartagena, Valledupar, Sincelejo, Barranquilla, Pasto, Medellín, Cali, Villavicencio, Pereira, Bucaramanga, Lomalinda (Meta), Villa de Leyva.

1996

Bogotá, Medellín, Manizales, Paipa, Cúcuta, Ibagué, Cali, Girardot.

1997

Bogotá, Medellín, Cartagena, Tunja, Cali, Cartago, Barranquilla, Sevilla, Manizales, Paipa, Pereira.

1998

Bogotá, Medellín, Tunja, Bucaramanga.

1999

Bogotá, Villavicencio, Piedecuesta, Medellín, Cali, Manizales, Barranquilla.

2000

Bogotá, Medellín, Pasto, Popayán, Cúcuta, Cartagena.

2001

Bogotá, Medellín, Pasto, Cúcuta, Cartagena, Pereira, Manizales, Barranquilla, Tunja.

2002

Bogotá, Chia, Bucaramanga, Cali.

2003

Bogotá, Cali, Pereira, Bucaramanga, Popayán, Tunja y Medellín.

2004

Bogotá, Medellín, Tunja y Barranquilla.

2005

Bogotá, Cali, Popayán, Cartagena, Medellín, Ibagué, Bucaramanga y Facatativá.

2006

Bogotá, Medellín, Barranquilla, Vélez, Tuluá, Fusa y Corozal.

 

Sectores beneficiarios del programa de capacitación en cada año:

 

AÑO

SECTORES BENEFICIADOS

1990

Universidades, Asociaciones de Autores,

1991

Universidades, Entidades Públicas, Sociedades de Autores, Empresas Privadas, Rama Jurisdiccional.

1992

Universidades, Entidades Públicas, Institutos de Investigación, Gremios de la Creación.

1993

Universidades, Entidades Públicas.

1994

Universidades, Alcaldías, Gremios de la Creación, Entidades Públicas, Gremios de las comunicaciones.

1995

Universidades, Sociedades de Autores, Gremios de la creación, Rama Jurisdiccional, Entidades Públicas, Centros de Investigación, Empresas Privadas.

1996

Universidades, Entidades Públicas, Rama Jurisdiccional, Gremios de la Creación, Sociedades de Autores, Empresas Privadas.

1997

Gremios de la Creación, Rama Jurisdiccional, Alcaldías, Entidades Públicas.

1998

Universidades, Rama Jurisdiccional, Entidades Públicas, Empresas Privadas, Asociaciones de Autores.

1999

Universidades, Entidades Públicas, Entidades Privadas, Rama Jurisdiccional.

2000

Universidades, Rama Jurisdiccional, Usuarios DNDA, Entidades Públicas, Organismos de radiodifusión

2001

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de la Creación, Sociedades de Autores, Entidades Privadas, Rama Jurisdiccional.

2002

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de la Creación, Rama Jurisdiccional, Entidades Privadas.

2003

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de las Industrias Culturales, Entidades Privadas, Fiscalía General de la Nación.

2004

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de las Industrias Culturales, Entidades Privadas, Fiscalía General de la Nación.

2005

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de las Industrias Culturales, Entidades Privadas, Fiscalía General de la Nación, Sociedades de Gestión Colectiva.

2006

Universidades, Entidades Públicas, Gremios de las Industrias Culturales, Entidades Privadas, Fiscalía General de la Nación, Sociedades de Gestión Colectiva.

Investigaciones realizadas

 

Con el objeto de elaborar documentos que sirvan de guía para los conferencistas (como apoyo para realizar las diferentes capacitaciones), y para los usuarios y/o asistentes a las charlas que quieran acceder a esta información, la División de Capacitación ha elaborado documentos sobre los temas más relevantes del derecho de autor y los derechos conexos. Estos se han realizado por los abogados de la entidad, en algunos casos, con la colaboración de estudiantes de las universidades de Bogotá que realizan sus prácticas de consultorio jurídico en la entidad.

 

TEMA

AUTOR

Aspectos Básicos del Derecho de Autor.

Catalina Arango

Protección Civil y Penal del Derecho de Autor y los Derechos Conexos.

Alba Camila Rubio y José Andrés Prada

Préstamo Público: Caso Francés y Español.

Alba Camila Rubio y José Andrés Prada

La Artesanía y el Derecho de Autor.

Alba Camila Rubio y José Andrés Prada

Consagración Constitucional y Legal del Derecho de Reproducción y Comunicación Pública en América Latina.

Alba Camila Rubio y José Andrés Prada

 

Convenios celebrados con entidades públicas y privadas colombianas, con el fin de difundir el derecho de autor en Colombia.

 

Convenios Institucionales

Entidad

Año de

Suscripción

Colciencias

5 de julio de 2005

Artesanías de Colombia

26 de diciembre de 2002

 

 

 

 

 

 

Proyectos realizados con la cooperación de la UNESCO.

 

La Dirección Nacional de Derecho de Autor propuso al Programa de la Alianza Global para la Diversidad Cultural de la UNESCO, la realización de dos proyectos para la promoción y difusión del derecho de autor y los derechos conexos en nuestro país. Dicho organismo estudio la propuesta y concedió su aprobación y la asignación de apoyo económico correspondiente.

El primer proyecto consistió en la elaboración del libro “Oficios de la imaginación: Guía de derecho de autor para nuevos creadores”, cuyo texto le explica a los niños y jóvenes, en un lenguaje sencillo y de fácil lectura, los aspectos más importantes del derecho de autor y los derechos conexos. El acto de lanzamiento de esta importante obra se realizó el pasado 18 de agosto de 2005, en la sede de la Fundación Rafael Pombo, acto que contó con la presencia de la señora Milagros del Corral, Subdirectora General Adjunta de Cultura de la UNESCO, y del Ministro del Interior y de Justicia de Colombia.

 

Como resultado del segundo proyecto, durante el mes de noviembre y parte del mes de diciembre de 2005,  se realizó una campaña de difusión y respeto al derecho de autor, mediante la instalación en la red de paraderos del transporte público de la ciudad de Bogotá, de una serie de afiches (“Eucoles”) que tienen como personaje central a Mafalda del dibujante argentino Quino (quien concedió su autorización para uso del personaje Mafalda), a través de los cuales se transmitieron impactantes mensajes de sensibilización sobre la importancia de crear en nuestro país una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.

 

Durante la pasada Feria del Libro de Bogotá, los afiches de Mafalda fueron nuevamente exhibidos en la red de paraderos del transporte público de la ciudad de Bogotá, esta vez contando con el apoyo de TELECOM.

 

TRABAJO CREATIVO: El trabajo creativo de la campaña estuvo a cargo de la Agencia de Publicidad “PUBLICIS C.B”, quien realizó dicho trabajo totalmente gratuito.

 

COORDINACION: La coordinación general del proyecto estuvo a cargo de la Oficina de Planeación de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.

 

 

 

Proyectos Futuros

 

Tema

Objetivo

Estado Actual

Entrada en vigencia

Guías Pedagógicas

Servir de apoyo a los programas de formación para niños en edad escolar, estudiantes universitarios y funcionarios públicos 

Documento en diagramación

·        Año 2007 Programas piloto.

·        Año 2008 Distribución del manual terminado.

Manual de Buenas Prácticas en Derecho de Autor

Implementarlo en las Universidades Colombianas

En revisión

Año 2007

Implementar Capacitaciones por Videoconferencia

Ampliar la cobertura de la difusión a nivel nacional

Revisión técnica y obtención de últimos requerimientos tecnológicos

Año 2007

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V.           EL DERECHO DE AUTOR Y EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y COLOMBIA

 

 

No obstante las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre los países andinos y Estados Unidos comenzaron a partir del mes de mayo del 2004, la preparación para las mismas data del mes de junio del año 2003, época para la cual ya se conocía el TLC que habían suscrito Chile y EE.UU. y se esperaba la culminación de las negociaciones que el país del norte sostenía con Centro América, Australia y Marruecos. 

 

Inició la Dirección Nacional de Derecho de Autor de esa manera, su disposición para las discusiones del eventual acuerdo comercial. Se identificaron los intereses y prioridades en cada campo, determinándose para el caso del derecho de autor cerca de 17 asuntos que se plasmaron en una matriz, los cuales mostraban ítems importantes para la negociación que en poco tiempo se iba a iniciar.

 

En el 2005, y luego de quince reuniones de negociación, tres de las cuales tuvieron un carácter extraordinario y se llevaron a cabo con el único fin de lograr avances en estas materias, en la XIII Ronda de negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y los países andinos, llevada a cabo del 10 al 16 de noviembre, en la ciudad de Washington, D.C. se cerraron, entre otros, los siguientes temas: derecho de autor, derechos conexos y observancia de los derechos de propiedad intelectual.

 

En esta negociación, se llegó a acuerdos en temas sensibles para la delegación andina, logrando textos de importancia relevante en áreas como la definición de titularidad; el reconocimiento de los derechos morales de los autores y artistas intérpretes o ejecutantes; el derecho de radiodifusión y comunicación al público de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas; la transferencia de derechos patrimoniales; la posibilidad de establecer excepciones a la protección otorgada a las medidas tecnológicas; la presunción de titularidad; y, por último, las limitaciones a la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet.

 

Entre otros, los logros más importantes de la negociación en materia de derecho de autor, derechos conexos, obligaciones comunes al derecho de autor y los derechos conexos y observancia, son los siguientes:

 

1.     Lograr una vinculación del TLC con el Convenio de Berna, sin excluir el artículo sobre derechos morales. 

 

2.     Consagrar una definición de titularidad, expresada como artículo independiente, lo cual responde al interés del país de no vincularla con ninguno de los derechos patrimoniales en particular.

 

3.     Reconocer un derecho exclusivo de radiodifusión y comunicación al público para los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas sobre las transmisiones digitales interactivas, un derecho de remuneración para las transmisiones digitales no interactivas y, por último, lograr libertad en la regulación de las transmisiones analógicas y la radiodifusión tradicional. Es importante señalar que no se confinó la posibilidad de las partes de consagrar limitaciones y excepciones al derecho exclusivo otorgado a las transmisiones digitales interactivas.

 

4.     En el tema de medidas tecnológicas efectivas, se logró dejar abierta la posibilidad de consagrar nuevas limitaciones y excepciones sobre la elusión de dichas medidas, siempre que la necesidad de las mismas sea demostrada en un proceso administrativo o legislativo, y que estas sean revisadas en intervalos de no más de cuatro años a través del mismo procedimiento.

 

5.     En lo que significa un gran logro para los intereses identificados desde el inicio de la negociación, se obtuvo una disposición en la que se reconoce la importancia del papel que desempeñan las sociedades de gestión colectiva en la recolección y posterior repartición de regalías en favor de los titulares de derecho.

 

6.     En cuanto a la presunción de titularidad, tema de gran relevancia y sensibilidad para nuestros intereses, se acordó una redacción en la que se mantienen intactas las prerrogativas en favor del autor de la obra como titular originario de los derechos que recaen sobre la misma y de los causahabientes y derechohabientes de éste.

 

7.     Finalmente, en relación con las limitaciones a la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet, los Estados Unidos aceptaron la propuesta andina de dejar a la legislación de cada parte la posibilidad de establecer el tipo de responsabilidad que podría imputarse a dichos proveedores, en caso de que no estén cobijados por la limitación establecida en el artículo en mención.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VI.       OBSERVANCIA DEL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   OBSERVANCIA DEL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS

 

 

La principal tarea de la administración en materia de derecho de autor es la protección adecuada y eficaz de las obras y prestaciones protegidas y el fomento de su utilización acatando el derecho de sus titulares. No obstante, las infracciones a estos derechos se producen hoy en día en el mundo entero, por lo cual los titulares de derechos y los distribuidores sufren pérdidas considerables.

 

Por esta razón, el debate sobre observancia en el marco internacional se ha convertido en indispensable para establecer un entorno que permita proteger adecuadamente el derecho de autor; obligación que encontramos cada vez con más frecuencia en los tratados internacionales que contienen el tema.

 

La observancia es una tarea pluridisciplinaria en la que intervienen tanto los funcionarios de propiedad intelectual como los organismos que velan por la observancia de la ley, por ejemplo, la rama judicial, la aduana y la policía etc., con ella se busca el reforzamiento de la eficacia para la puesta en práctica de la protección de estos derechos

 

La importancia de regular el tema de la observancia de estos derechos se observa por primera vez en el Acuerdo sobre los Aspectos de Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio ADPIC, de 1993, en donde los países miembros de la OMC acordaron incluir una parte dedicada exclusivamente a definir los medios para garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos de propiedad intelectual, detallándose las medidas destinadas a consolidar la situación de los titulares en caso de violación de sus derechos: procedimientos y recursos civiles y administrativos, medidas provisionales, procedimientos penales y medidas en frontera, las distintas obligaciones tendientes a buscar la rapidez y eficacia de los procedimientos, las obligaciones tendientes a salvaguardar los derechos de los demandados en cuanto a sus garantías procesales y en cuanto a la indemnización de los perjuicios que les sean ocasionados.

 

Bajo este contexto, entidades colombianas del sector público y privado, involucradas o afectadas por la piratería, desde 1995 unen esfuerzos para combatir eficazmente este flagelo, a través del Convenio Antipiratería para Colombia.

 

En el marco de dicha convenio, se vienen adelantando y coordinando diversas acciones contra la piratería, buscando la aplicabilidad plena de las normas y sanciones existentes en el país contra este delito, desarrollando así mismo, un programa de capacitación y difusión en materia de derecho de autor y derechos conexos.

 

De esta manera, las entidades encargadas de la observancia del derecho de autor y los derechos conexos, Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional y DIJIN, tienen propuesta la realización de un protocolo que facilite la coordinación entre las mismas, y así realizar una lucha conjunta, contra el flagelo de la piratería en Colombia.

 

Así mismo, y para fortalecer su conocimiento sobre la materia, el Convenio ha organizado cursos de formación en derecho de autor y derechos conexos en las 14 escuelas de formación de la Policía Nacional, un curso dirigido a 19 fiscales en la Escuela de Formación de la Fiscalía y se pretende desarrollar un curso de actualización para peritos dentro de la DIJIN.

 

A continuación presentaremos cifras, en cuanto a la capacitación dictada a los funcionarios mencionados, y sobre las incautaciones y decomisos llevados a cabo por la policía nacional y la fiscalía, en ejercicio de sus funciones.

 

 

 


Estadísticas de capacitación 1996-2006

 

ENTIDAD

BOGOTA

FACA

 

CALI

B/QUILLA

EJE CAFETERO

MEDELLIN

PASTO

CUCUTA

B/MANGA

VELEZ

TULUA

FUSA

COROZAL

TOTAL

JUECES CIVILES

43

 

15

24

3

61

20

1

18

 

 

 

 

185

JUECES PENALES

78

 

3

66

2

52

20

11

11

 

 

 

 

243

FISCALES

372

 

35

110

37

188

44

32

27

 

 

 

 

845

CTI

58

 

24

80

5

74

13

10

21

 

 

 

 

285

DIAN

390

 

19

72

0

76

11

29

29

 

 

 

 

626

DAS

32

 

2

31

11

7

3

11

4

 

 

 

 

101

POLICÍA NACIONAL

78

 

20

46

2

100

0

8

8

 

 

 

 

262

OTROS

22

 

3

0

7

125

8

15

2

 

 

 

 

182

TOTAL

1073

 

121

429

67

683

119

117

120

 

 

 

 

1535

ESTADÍSTICAS CAPACITACIÓN 2.005

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POLICIA NACIONAL

92

760

 

192

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1044

ESTADÍSTICAS CAPACITACIÓN 2.006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POLICIA NACIONAL

100

 

 

500

 

500

 

 

 

720

645

800

784

4.049

FISCALES

19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL A 2.006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.647

 


Estadísticas de bienes incautados 2002-2006

 

ENTIDAD

AÑO

TOTAL DE INCAUTACIONES

Policía

2003

18.416.868

 

2004

16.730.409

 

2005

28.751.585

 

2006

7.762.344

 

Total

71.661.206

Fiscalía

2002

1.023.143

 

2003

579.001

 

2004

1.248.081

 

2005

122.638

 

2006

380.062

 

Total

3.352.925

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VII.   LA INFORMACION Y DOCUMENTACION DEL DERECHO DE AUTOR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   UNIDAD DE INFORMACIÓN

 

 

La unidad de información desarrolla las siguientes actividades:

 

Gestión Documental

 

Dentro de los parámetros establecidos por el Archivo General de la Nación y la aplicación de la ley 594 de 2000, la DNDA observa las normas y principios de la función archivística desde la elaboración de los documentos, el almacenamiento adecuado hasta la conservación total o eliminación, aplicando la norma del ciclo vital del documento a través del uso de las Tablas de Retención Documental, garantizando la conservación de la memoria institucional.

 

Correspondencia

 

Con apoyo de la OMPI, en el año 2000 se desarrolló el aplicativo ULRICH específicamente diseñado para el control y la transparencia del trámite documental en la DNDA, sistematizando la radicación de la correspondencia y el proceso de solicitudes  de registro de obras, prestaciones y contratos.

 

Centro de  Documentación:

 

El fondo bibliográfico donado por la familia del doctor Arcadio Plazas Sierra, da nombre al Centro de Documentación para perpetuar su  memoria y enaltecer el derecho de autor en Colombia, atesorando los textos, borradores y antecedentes del estudio jurídico que dio título a su obra, constituida por 76 libros y 22 compendios de documentos y apuntes.

 

Fondo Bibliográfico

 

La DNDA, como contribución a la creación de una cultura por el respeto y la difusión del derecho de autor en el país, a lo largo de su trayectoria ha ido seleccionando material bibliográfico especializado en materia de derecho de autor y derechos conexos,  en apoyo a la labor de investigadores y estudiosos de la temática autoral en Colombia.

 

La colección esta dividida en 8 secciones, clasificada y catalogada con normas internacionales, y soportada en base de datos bibliográfica Win-Isis, desarrollada por la UNESCO para facilitar la consulta referencial:

 

a.     DOCUMENTOS: Producidos por diversos organismos internacionales resultado de su permanente actividad en el tema de la protección al derecho de autor y los derechos conexos, informes de las Asambleas de la OMPI, textos de los acuerdos y convenios internacionales sobre derecho de autor y derechos conexos.

 

b.    MONOGRAFÍAS: Libros publicados en la materia por expertos especializados en derecho de autor y derechos conexos.

 

c.     PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Suscripción a publicaciones de circulación periódica de nivel internacional, que permiten dar información actualizada sobre el tema:

 

European Intellectual Property Review - Eipr. Editada en Londres por Hugh Brett White & Case, y documentada por corresponsales de diferentes países, especializados en propiedad intelectual, administración de tecnología, Copyright y nombres de marca. Texto en inglés, de circulación mensual,  coleccionada desde el año 1995.

 

Revue Internationale du Droit D´Auteur – Rida. Editada por la Asociación francesa para la difusión del Derecho de Autor nacional e internacional. Recoge la actualidad sobre las disposiciones legislativas en los países europeos respecto al derecho de autor y derechos conexos. Textos en español, francés e inglés, con circulación trimestral, coleccionada desde el año 1953.

 

Internacional Review of Intellectual Property and Competition Law. – I.I.C. Publicada por el Instituto Max Plank para la Propiedad Intelectual y Derecho a la Competencia de Munich. Con la colaboración de académicos expertos en derecho de las universidades de Cambridge,  Munich, Stanford, Santiago de Compostela, Lyon, Milan, etc. Texto en inglés, con circulación mensual, coleccionada desde el año 1995.

 

Boletín de la UNESCO DE DERECHO DE AUTOR: Conservado desde el año 1971 y hasta el año 2000. A partir del año 2001 disponible en formato electrónico: www.unesco.org/publications

 

d.    MEMORIAS DE SEMINARIOS, CONGRESOS, FOROS Y TALLERES: Colección del registro impreso de las conferencias, exposiciones, mesas redondas y discusiones presentadas por expertos del mundo, en el marco de la celebración de eventos  de nivel nacional e internacional, sobre derecho de autor y derechos conexos.

 

e.     CONCEPTOS JURÍDICOS: Elaborados por abogados de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, para responder a las inquietudes y  preguntas frecuentes de la ciudadanía en general, sobre derecho de autor y derechos conexos, seleccionados y coleccionados desde el año 1960 para consulta retrospectiva.

 

f.      RESOLUCIONES: Resoluciones emitidas por la Dirección sobre la temática autoral.

 

g.     AUDIOVISUALES: Películas y documentos en soporte digital con jurisprudencia, exposiciones presentadas en seminarios, conferencias, y foros sobre derecho de autor y derechos conexos.

 

h.     SECCIÓN INFANTIL: A partir de la publicación de las cartillas infantiles editadas por la Dirección Nacional de Derecho de Autor,  iniciamos la conformación de un fondo bibliográfico especialmente dirigido a jóvenes y niños, para ilustrarlos en la protección al derecho de autor y promocionar la creatividad juvenil e infantil.

 

 

B.   DESARROLLO DE LA COLECCIÓN:

 

 

El desarrollo de la colección esta garantizado por el programa de donaciones periódicas de organismos como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual OMPI, el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe  CERLALC, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO, International Centre for Trade and Sustainable Develoment ICTSD, Secretariat of the United Nations Conference on Trade and Trade and Develoment UNCTAD, el I.I.D.A., Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual INDECOPI del Perú, Instituto Nacional del Derecho de Autor INDAUTOR de México, Sociedad Portuguesa de Autores S.P.A., etc., así como la adquisición y la suscripción a publicaciones periódicas.

 


 

 

Como un aporte especial al fortalecimiento de la bibliografía especializada sobre derecho de autor y derechos conexos, el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe – CERLALC, ha venido donando a la Dirección Nacional de Derecho de Autor los recursos económicos para la adquisición de importantes obras sobre el tema.  A la fecha la donación de recursos económicos asciende a la suma de US$ 4.000.

 

 

C.   SERVICIOS

 

 

En apoyo a la labor de investigadores, estudiantes, abogados especialistas y público en general interesado en la temática autoral, el Centro de Documentación ofrece los siguientes servicios:

 

·        Consulta con atención personalizada, asesoría, orientación bibliográfica y acceso a los documentos.

 

·        Sala de lectura ubicada en nuestras instalaciones, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

·        Preparación de bibliografías selectivas por tema de consulta.

 

·        Consulta bibliográfica a través de página web: http://www.derechodeautor.gov.co y servicio de reserva anticipada de documentos, para que el usuario programe la fecha de asistencia a nuestra sala de lectura.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VIII.    GESTION EN EL AMBITO PRESUPUESTAL FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


A.   GESTIÓN EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO

 

 

En cumplimiento del marco institucional, la División Administrativa orienta sus esfuerzos al apoyo de las diferentes áreas de la entidad en forma coordinada con los  grupos internos de trabajo. Su gestión se enmarca en el proceso administrativo, creando los mecanismos que generen un aprovechamiento racional de los recursos asignados, con una visión clara de los objetivos institucionales, estableciendo pautas, políticas y lineamientos que permitan orientar los esfuerzos hacia la misión institucional.

 

Con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, la Contraloría General de la República adelantó el control fiscal a la labor realizada por la DNDA durante las vigencias 2004 y 2005, lo cual incluyó un examen riguroso a las acciones financieras, de gestión y resultados.

 

El dictamen integral  emitido   para las dos (2) vigencias anteriores respecto a la gestión de las áreas, procesos, actividades y opinión sobre los estados contables, permitió al órgano de control fenecer la cuenta rendida por la entidad, conservando de esta forma el concepto favorable sobre la gestión realizada y la opinión limpia sobre los estados contables.

 

Los resultados positivos obtenidos en esas evaluaciones integrales han sido altamente gratificantes, y simultáneamente, se han constituido en el aliciente para que cada servidor aporte de manera íntegra y permanente su grano de arena, en procura de contribuir a la eficacia, eficiencia y economía de los variados servicios que demanda la ciudadanía.

 

La información de carácter administrativo que se presenta en esta audiencia pública, muestra un trabajo planificado en la entidad, lo cual garantiza el logro de las metas trazadas, especialmente las relacionadas con la misión institucional, todo ello en beneficio de los usuarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En torno a las cifras expuestas, es necesario mencionar aquellas que dan relevancia a nuestra gestión, así:

 

a.     El cambio de sede administrativa permitió rediseñar nuestra infraestructura física, a fin de crear los espacios necesarios para realizar los diferentes eventos de capacitación puestos a disposición de la comunidad.

 

b.    Los trabajos realizados en el proceso de adecuación de la nueva sede, demandaron recursos adicionales, los cuales fueron utilizados   con criterios de austeridad.

 

c.     La ejecución presupuestal en las vigencias 2004 y 2005 fue superior al 99%, dando un adecuado cumplimiento a los compromisos adquiridos en los rubros de servicios personales y al plan de compras desde el punto de vista de gastos generales.

 

 


Estados financieros 2004-2005


1.         En  el  año  2005,  los  activos  se  incrementaron  en un 46.8% con  respecto al año 2004, debido a:                                   

                  

 

 

2.         El comportamiento  del  pasivo  a  través del tiempo presenta variaciones que no son significativas, lo cual obedece a la ubicación de recursos dentro de la vigencia por parte de la DTN  para cumplir con las obligaciones contraidas.

 

3.         El comportamiento del patrimonio de un año  con respecto al otro presenta variaciones  generales  básicamente  por  las donaciones  recibidas  y por el resultado del ejercicio del año 2005.


 

  

 

1.         Los ingresos se incrementaron en el 2005 producto del IPC, y por la  adición presupuestal recibida en el  2005 para atender la adecuación  de la nueve sede.

 

2.         Los gastos se incrementaron con respecto al año 2004 producto del reconocimiento de los gastos de depreciación y amortización de los activos  de menor cuantía, y por la amortización de la cuenta Obras y Mejoras en propiedad ajena.    

 

3.         La variación  en  el  resultado del ejercicio obedece a que una parte de los recursos de funcionamiento, específicamente los relacionados con  los  gastos generales, se utilizaron en la adecuación de la nueva  sede registrándose como un activo, el cual es amortizado mes a mes.

 

 


Análisis Activos Fijos 2004-2005


1.       Las cifras reflejadas  corresponden  al valor en libros (Valor  de  adquisición menos la depreciación acumulada).            

                  

2.       Se  presenta  un  incremento significativo en la cuenta Muebles y Enseres y  Equipo  de  Oficina, producto de las donaciones de muebles recibidas en el año 2005, y adicionalmente, por el registro de las divisiones modulares instaladas en la nueva sede.  

 

3.       En lo concerniente  al Equipo de Transporte, se contempla un incremento  representativo debido al traspaso de  un  vehículo a la entidad por parte de la DIAN.

 

4.       En la cuenta Equipo de Comedor y Cafetería, se observa un incremento en el año 2005 por la adquisición de una cafetería integral para la nueva sede.

 

 

      Gastos de Personal

 

Ejecución presupuestal 2004 - 2005


La planta global aprobada para la entidad se ha mantenido desde su creación en el año 1991, en 45 cargos, razón por la cual el incremento anual en el rubro de servicios personales, obedece exclusivamente a los incrementos salariales.

        

La planta de personal aprobada nunca ha sido reclasificada.

 

 

           Gastos Generales

 

 


 


             Transferencias Corrientes

 
 


 

 

 

 


Ejecución presupuestal comparada (Anteproyecto vs. Liquidación de Presupuesto)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 


 

 

 

 

 


 

 


El aumento de apropiación en gastos generales para el 2005, corresponde a la aprobación de un traslado presupuestal por valor de  $150.000.000 para la adecuación  de la sede de la Dirección  Nacional de Derecho de Autor

 

2004 - 2006

 
 


 

El aumento de apropiación en transferencias corrientes para el 2005, corresponde a la aprobación de un traslado presupuestal por valor de $36.000.000 para el pago  a la Organización Mundial de Propiedad Intelectual – OMPI.

 

 

 

 

 


Ejecución presupuestal de Gastos Acumulada 2004 –  2005

 


 

EJECUCION

 
Ejecución presupuestal Gastos Generales (Enero 2004 –  Junio  2006)


VIGENCIA

 
 


1.       En el año 2005 se presentó un incremento del 26,8% en la apropiación de recursos  para  el  rubro de Gastos Generales, los cuales financiaron la  adquisición  de  bienes  y  servicios  requeridos  para  la adecuación de la nueva sede administrativa de la entidad.

 

2.       La ejecución presupuestal  en los años 2004 y 2005 fue igual o mayor al  99,5%.               

 

3.       Atendiendo   lo  dispuesto en el artículo 31 del Decreto No. 4365 de 2004 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2005, se detallan  las  apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, la Dirección Nacional de Derecho de Autor realizó la gestión para trasladar su sede administrativa a un  inmueble  no  utilizado y  de  propiedad  de órganos que conforman el Presupuesto  General  de  la  Nación,  lo  cual  le  abrió   posibilidades de rediseñar la  conformación  de  los  gastos  al  disminuir  el  valor  de los  arrendamientos, específicamente el de bienes inmuebles.

 

 

Distribución de la apropiación – Gastos Generales (Enero 2004 - Junio 2006)

DISTRIBUCION

 

 

VIGENCIA

 
 

 

 

 

 


 


La vigencia 2005 presenta una distribución de recursos atípica en comparación con los años 2004 y 2006, esto en razón a una mayor demanda de bienes para la adecuación  de la  nueva sede administrativa.

 

 

Ejecución presupuestal por rubros – Gastos Generales ($ Millones) Enero 2004 – Junio 2006


 

 

1.         El  incremento en el año 2005 fue ocasionado por la adquisición  de superficies de trabajo, muebles para la sala de juntas,  mueble   para la cafetería,  cubrealfombras,  sillas para a servidores. En el 2006 se adquirieron máquinas para mantenimiento de pisos.

 

2.         El incremento de la apropiación  en el año 2005 fue  necesario   para cubrir las obras de adecuación de la nueva sede (muros, puertas, pintura, vidrios, chapas, lámparas para techos).

 

3.         En el 2005 se hicieron necesarios recursos adicionales para cubrir gastos relacionados con el mantenimiento de vehículo donado a la entidad, mano de obra para la adecuación  de  la  nueva sede y el archivo central.

 

4.         Los valores  apropiados descendieron  en  el  2005 y 2006, al instalar  infraestructura  ahorradora  de  energía  en  la nueva sede y mantener las  políticas  de austeridad relacionada con luz y servicio  telefónico.

                                                                 

5.         Importante descenso en las apropiaciones para el rubro de arrendamiento, originado en el cambio de modalidad respecto al  inmueble  utilizado por la entidad. Se cambia la modalidad de arrendatario a comodato.

 

6.         Incremento importante en los años 2004 y 2005 para atender el desplazamiento de los  servidores  que  hicieron  parte del equipo    negociador  por Colombia del Tratado de Libre Comercio con los   Estados Unidos.

 

7.         El  incremento  de  la partida presupuestal para el año 2006, tuvo el propósito de surtir adecuadamente a la entidad de material  institucional con destino a los usuarios.                                                                  

 

8.         El  incremento de la apropiación en el año 2005, tuvo que ver con los gastos de transporte de los bienes en el cambio de sede. 

 

9.         El pago del impuesto predial  del   nuevo  inmueble   y  vehículo,  generó el incremento en el valor de impuestos.

 

 

 

 

 

 

 

Participación porcentual por concepto en el gasto (Enero 2004 – Junio 2006)


 

 

Distribución de la apropiación por concepto – Gastos Generales (%)

 


 

 

 

 

 

Distribución porcentual de los costos de adecuación sede administrativa – vigencia 2005

 



costo adecuación: $256.534 / metro

 

 

 

 

 

 

 

 

Valor del suministro de bienes de consumo por dependencia 2004 – 2005


Valor (En miles de Pesos)

 
 


 


1.     En el año 2005, el valor de los elementos de consumo requeridos en las dependencias de la entidad, disminuyó un 3,9%, debido a:

 

·       El cambio de sede administrativa ocasionó la merma en la demanda de algunos elementos de consumo, especialmente los relacionados con instalaciones eléctricas, se dejaron de utilizar elementos para el mantenimiento (tubos fluorescentes, balastos).       

 

·       Disminuyó el requerimiento de fotocopias en algunas dependencias, lo cual trajo consigo una menor necesidad de insumos relacionados con dicho proceso.

 

·       Los bienes de consumo tenidos en cuenta para el presente análisis tienen que ver con papelería, elementos de aseo y cafetería, repuestos para vehículos y equipos de cómputo y dotación para los servidores que tienen ese derecho.

 

 

Cargos a proveer mediante concurso



La planta de personal aprobada a 30 de junio de 2006 es de 45 cargos, de los cuales el 64% de ellos corresponden a cargos de carrera administrativa.

 



[1] Eduardo Santa. La Propiedad Intelectual en Colombia. Ministerio de Gobierno, Imprenta Nacional, Bogotá, 1959. Páginas 10 y 12.

[2] El control el Estado sobre las organizaciones de gestión colectiva. Doctor Fernando Zapata López, pg.3