Si su denuncia se refiere a posibles hechos de corrupción de servidores públicos de la Dirección Nacional de Derecho de Autor–DNDA, por favor lea la siguiente información:
¿Qué es una denuncia?
Es el relato que un ciudadano realiza, en cumplimiento de su deber de solidaridad, para enterar a las autoridades de la existencia de hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos de investigación y sanción.
¿Quiénes son servidores públicos?
El artículo 123 de la Constitución Política de Colombia establece que: "Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios". En el mismo artículo se reconoce la posibilidad de que algunos particulares desempeñen temporalmente funciones públicas.
¿Qué se entiende por corrupción?
La corrupción se describe como el fenómeno que atenta contra la dignidad de una persona, grupo o nación, que se atribuye al servidor público que en el ejercicio de sus funciones obtiene un beneficio particular para él o para un tercero, por ejemplo: beneficios pecuniarios, políticos, o de posición social.
Se sugiere tener en cuenta los siguientes ítems al presentar su denuncia:
- Presente una relación clara, detallada y precisa de los hechos de los cuales tiene conocimiento.
- En lo posible, exprese cómo ocurrieron los hechos, dónde y cuándo.
- Señale quién o quiénes lo hicieron, si es de su conocimiento.
- Adjunte las evidencias que sustentan su relato, en caso de tenerlas suministre su nombre y dirección de residencia, teléfono y correo electrónico si dispone para contactarlo en el evento de ser necesario o para mantenerlo informado del curso de su denuncia.
- En el evento de preferir presentar la denuncia de forma anónima, asegúrese de que ésta amerite credibilidad y acompáñela de evidencias que permitan orientar la investigación.
- Informe si los hechos han sido puestos en conocimiento de otra autoridad, indique cuál.
¿Cómo presentar su denuncia?
- Virtual: Dando clic en el siguiente vínculo.
- Presencial: Radicando su denuncia por escrito en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor: Calle 28 No. 13a -15, piso 17, Bogotá.
- Vía correo certificado: Enviándolo a través de cualquiera de las empresas de mensajería.
- Telefónicamente: Comunicándose a la línea 018000127878 - (571) 7868220
- Enviándola a través del correo electrónico: soytransparente@derechodeautor.gov.co
¿Quién puede presentar una denuncia?
- De oficio o por información proveniente de servidor público: El GIT de Control Interno Disciplinario iniciará el presente trámite cuando advierta directamente el conocimiento del hecho disciplinario o lo informe un servidor público.
- Queja formulada por cualquier persona: El GIT de Control Interno Disciplinario iniciará el presente trámite cuando haya una queja disciplinaria de forma verbal o por escrito, la cual debe ser ratificada bajo la gravedad de juramento para que constituya medio de prueba.
- Anónima. El GIT de Control Interno Disciplinario iniciará el trámite solo cuando del escrito se registren los requisitos de credibilidad y fundamento, es decir, cuando al menos la queja sea creíble, relate circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon el acontecimiento, vislumbre la posibilidad de identificar al infractor y se informen o acompañen las fuentes probatorias que puedan dar respaldo a la queja (nombres de testigos, número de documento, ubicación de objetos, etc.), de lo contrario el trámite se rechazará por acto inhibitorio.
Se precisa que el acto inhibitorio no hace tránsito a cosa juzgada, razón por la cual si en el futuro se aportan serios elementos de juicio que permitan la iniciación de la acción disciplinaria, se procederá de conformidad.
Finalidad
La actuación disciplinaria busca establecer si la conducta atribuible a un servidor público merece reproche mediante la imposición de sanciones disciplinarias.
Siga estas recomendaciones:
- Realice un relato claro y detallado de los hechos de los cuales tiene conocimiento, indique cómo ocurrieron, dónde y cuándo.
- Señale si es de su conocimiento que personas realizaron el hecho denunciado.
- Adjunte las evidencias que sustentan su relato, en caso de tenerlas.
- Suministre su nombre y dirección de residencia o teléfono para contactarlo en el evento de ser necesario.
Al presentar la denuncia de forma anónima tenga en cuenta:
- Para presentar la denuncia de forma anónima, asegúrese de que ésta amerite credibilidad y acompáñela de evidencias que permitan orientar la investigación.
- Informe si los hechos han sido puestos en conocimiento de otra autoridad e indique cuál.
Formato de escrito de queja
En caso de que lo desee, puede tener en cuenta el siguiente modelo para que presente su queja.
Bogotá D.C.,
Señores
Grupo Interno de Trabajo de Control Interno Disciplinario
Dirección Nacional de Derecho de Autor
Ciudad
REF.: QUEJA DISCIPLINARIA
Implicado (s): (Nombre de los implicados si los conoce)
(NOMBRE DE QUIEN PONE LA QUEJA) identificado con la cédula de ciudadanía No. (número del documento de identificación) residente en (ciudad y dirección donde se puede ubicar) formulo queja disciplinaria contra (nombres de los implicados, en caso de conocer los nombres), por los siguientes hechos que paso a resumir:
HECHOS
Realice un relato claro y detallado de los hechos de los cuales tiene conocimiento, indique cómo ocurrieron, dónde y cuándo.
PRUEBAS (mencione en su sentir con qué pruebas se puede comprobar los hechos objeto de queja).
Como pruebas que sustentan estas afirmaciones, se pueden tener en cuenta las siguientes:
TESTIMONIOS: (haga una relación de las personas a quienes les conste los hechos que pone en conocimiento, si las conoce).
DOCUMENTAL: (mencione o aporte los documentos que tengan incidencia en los hechos, identificándolos por algún número de referencia).
VISITA ESPECIAL: (mencione en qué lugar se pueden ubicar o constar los hechos materia de averiguación).
Atentamente;
NOMBRE
C.C.
Dirección
Teléfono:
Correo electrónico: