Bogotá, 24 de enero de 2013. La Dirección Nacional de Derecho de Autor informa a la opinión pública que:
1. De acuerdo con diferentes informaciones de prensa, aparentemente la Corte Constitucional declaró inexequible por vicios de forma la Ley 1520 de 2012. A la fecha no se conoce el texto de la sentencia ni un comunicado oficial de la Corte Constitucional.
2. La Ley 1520 de 2012 tiene como finalidad implementar compromisos adquiridos por Colombia en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito con los Estados Unidos de América, algunos de ellos relacionados con el derecho de autor.
3. El régimen de derecho de autor en Colombia continúa plenamente vigente; la eventual declaratoria de inexequibilidad de la Ley 1520 de 2012 solamente excluye del ordenamiento jurídico ciertas disposiciones sobre derecho de autor exigidas por el TLC con los Estados Unidos.
4. La eventual declaratoria de inexequibilidad de la Ley 1520 de 2012 de ninguna manera constituye una exclusión del ordenamiento de la ley de derecho de autor.
5. La Ley 1520 de 2012 no constituye una regulación de internet ni restringe los derechos de los ciudadanos en la red. Este tema fue abiertamente debatido y explicado durante los debates parlamentarios.
6. El derecho de autor es un derecho humano reconocido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El derecho de autor no vulnera los derechos a la educación, acceso a la cultura, libertad de expresión o información.
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